
SCJN declara inconstitucional cobros en Quintana Roo; son casi $400 millones de pesos que se cobra ilegalmente a siete municipios-
La Suprema Corte de Justicia de la Nación acaba de exhibir los abusos de los diputados locales de Quintana Roo que han obligado a los habitantes a pagar más de $400 millones de pesos en impuestos ilegales.
La SCJN resolvió finalmente una acción de inconstitucionalidad presentada desde el año 2024 en contra de la fórmula de pago del Derecho de Servicio y Mantenimiento del Alumbrado Público en siete de los municipios en el estado de Quintana Roo, incluyendo la capital Chetumal.
Este cobro se aplica actualmente en 7 de los 11 municipios de Quintana Roo, en 6 de ellos, de manera inconstitucional, según han considerado las nuevas ministras y ministros elegidos este año en votación popular.
¿Qué municipios y cuánto cobran por el Alumbrado Público?
De acuerdo con las leyes de ingresos de los municipios de Quintana Roo, este 2025 se tiene considerado un monto de $480 millones 570 mil 908 pesos por concepto de Servicio y Mantenimiento del Alumbrado Público.
El mayor monto corresponde al municipio de Benito Juárez estimados en $253 millones 800 mil pesos y donde la Auditoria Superior de la Federación detecto un millonario quebranto financiero a las arcas publicas de la alcaldesa Ana Patricia Peralta por el incumplimiento del pago de alumbrado publico, auditoria que maquillo la ASEQROO al frente de Miguel Cheluja Martínez.
Le sigue Playa del Carmen con $86 millones de pesos.
Othón P. Blanco con $37 millones 900 mil pesos.
Los otros municipios son:
Isla Mujeres con $31 millones 700 mil pesos.
Tulum con $29 millones 900 mil pesos.
Cozumel con $24 millones 200 mil pesos.
Y Puerto Morelos con $16 millones 900 mil pesos.

¿Por qué es inconstitucional el cobro?
Al resolver la acción de inconstitucionalidad 19/2024 contra la Ley de Hacienda de Tulum, aprobada en diciembre de 2023, la SCJN consideró que el Congreso de Quintana Roo invadió facultades del Congreso federal.
Para las ministras y ministros, la fórmula que han adoptado los diputados de Quintana Roo establece una contribución cuya naturaleza es de un impuesto sobre el consumo y la energía eléctrica, y no de un derecho.
Se trata del párrafo que aparece tanto en las leyes de hacienda de cada municipio y en la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Quintana Roo que autoriza a recuperar los costos del servicio a razón del 5% del consumo eléctrico de cada hogar y negocio.
“(El artículo) establece como base para calcular el monto de los derechos por concepto de alumbrado público, lo que los contribuyentes pagan a la CFE, como usuarios de servicio de suministro de energía eléctrica, lo cual implica que realmente se trata de una contribución que grava un hecho generador de la competencia federal, y por ello se produce una invasión de la esfera de atribuciones del Congreso de la Unión”, dijo en su intervención la ministra Yasmín Esquivel Mossa.
Diputados se han negado a corregir este histórico error por que genera un ingreso extra prácticamente a sus bolsillos.
La inconstitucionalidad de la fórmula de cobro del derecho de Servicio y Alumbrado Público no es nueva en Quintana Roo. Múltiples amparos de contribuyentes inconformes obligaron a los municipios a devolver, en los últimos años, miles de pesos principalmente a negocios.
Pese a dichos amparos, los diputados locales de Quintana Roo, incluyendo los actuales, encabezados primero por el morenista Jorge Sanén Cervantes y ahora por la “Mafia Verde” al mando de Renán Sánchez Tajonar han insistido en generalizar esa fórmula a todos los municipios con la finalidad de recabar mas impuestos para sus partidos y seguir operando libremente con los impuesto de las familias Quintanarroenses.
Playa del Carmen, el único municipio que considera su propia fórmula
A diferencia de los resto de los municipios, Playa del Carmen considera en su Ley de Hacienda una fórmula para el Derecho de Servicio y Mantenimiento del Alumbrado Público totalmente alejada de la que fue declarada inconstitucional.
En este caso, se señala que la tarifa mensual será la obtenida como resultado de dividir el costo anual, global, general, actualizado y erogado por el Municipio entre el número de usuarios registrados en la Comisión Federal de Electricidad en el Municipio.
De hecho, el mismo artículo de su ley de hacienda aclara que este cobro no podrá superar el 2.5% del consumo eléctrico, una reforma realizada en 2019.


